En amparo litigado por IDHEAS, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió atraer amparo sobre la obligación de las autoridades de acatar las Acciones Urgentes emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas.
En sesión de 07 de agosto de 2019, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió asumir su facultad de atracción para conocer del Recurso de Revisión 289/2019, en contra de la negativa de la Fiscalía de Veracruz de implementar las Acciones Urgentes emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (CED), por las desapariciones de Víctor Álvarez Damián, Pablo Darío Miguel Hernández, José Ignacio Cruz González, José Armando Cortés Arrioja, Yonathan Isaac Mendoza Berrospe y Marco Antonio Ramírez Hernández, ocurridas entre el 6 y el 11 de diciembre de 2013 en la colonia “Formando Hogar” de la ciudad de Veracruz[1].
Ante las omisiones de las autoridades y la falta de una investigación efectiva para localizar a los jóvenes y esclarecer los hechos, IDHEAS Litigio Estratégico en Derechos Humanos, en representación de las familias, interpuso un Juicio de Amparo Indirecto en contra de la Fiscalía General del Estado de Veracruz. En fecha 15 de mayo de 2018, la autoridad judicial resolvió ordenar a la Fiscalía a realizar una investigación seria, imparcial y efectiva, sin embargo, declaró improcedente el carácter vinculante de las Acciones Urgentes emitidas por el CED, al considerar que no existe una obligación legal de su acatamiento forzoso[2].
Frente a ello, IDHEAS solicitó a la SCJN que ejerciera su facultad de atracción para revisar la obligatoriedad de las Acciones Urgentes. Después de resolver favorablemente, la Primera Sala de la SCJN definirá el alcance jurídico de las Acciones Urgentes, su función como mecanismo de búsqueda para casos de personas desaparecidas y el grado de obligatoriedad que estas Acciones representan para las autoridades del Estado mexicano, entre ellas las fiscalías.
Desde
IDHEAS consideramos que la decisión que tome la SCJN será trascendental, pues
definirá el alcance de los mecanismos convencionales de protección a los
derechos humanos y su observancia para las autoridades nacionales en contextos
de violaciones graves a los derechos humanos.
[1] Para más información del caso: https://www.idheas.org.mx/casos-derechos-humanos/desaparicion-forzada-y-de-particulares/formando-hogar/
[2] Comunicado de prensa: https://www.idheas.org.mx/comunicaciones-idheas/sala-de-prensa-idheas/comunicados/resolucion-de-juicio-de-amparo-ordena-realizar-una-investigacion-seria-imparcial-y-efectiva-del-delito-de-desaparicion-forzada/