Fiscalía de Sinaloa desacata sentencia que obliga a observar y cumplir las acciones urgentes emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas de la ONU

  • De persistir el incumplimiento se iniciará un procedimiento de inejecución, que podría culminar con la separación del puesto y consignación de los funcionarios omisos.
  • Las acciones urgentes se emitieron para la búsqueda y localización de David Mendoza Marín, Alfredo Elías Marín Bustos y Margarita Marín Yan Bustos, desaparecidos luego de ser detenidos por policías del municipio de Ahome en 2015.

La Fiscalía de Sinaloa incumplió con una sentencia de amparo -dictada por el Juez Quinto de Distrito del Estado de Sinaloa- por la inobservancia de las acciones urgentes emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas (CED) y la falta de ejecución de tres órdenes de aprehensión, contra policias municipales de Ahome, por las desapariciones forzadas de David Mendoza Marín, Alfredo Elías Marín Bustos y Margarita Marín Yan Bustos.

La autoridad judicial requirió al Fiscal General el cumplimiento puntual del fallo y advirtió al servidor púbico que en caso de incumplimiento iniciaría el procedimiento de inejecución de sentencia, que podría culminar con la separación de su puesto y su consignación.

Ante la omisión de la Fiscalía de Sinaloa de realizar una investigación efectiva, los familiares de las víctimas, por conducto de IDHEAS Litigio Estratégico en Derechos Humanos, acudieron al CED para solicitar acciones urgentes, y realizó diversos requerimientos sustanciales para la investigación, los cuales no fueron estimados, ni materializados por la Fiscalía, impidiendo así el nulo avance de las investigaciones.

En este contexto, IDHEAS, en representación de los familiares, promovió un Juicio de Amparo en contra de la Fiscalía, mismo que fue radicado en el Juzgado Quinto de Distrito del Estado de Sinaloa, bajo el número 64/2018, y resuelto a favor de las víctimas en marzo del presente año.

El Juzgador reconoció que la Convención es un instrumento internacional creado para prevenir las desapariciones forzadas y reconoce explicitamente el derecho a la verdad de los familiares de las víctimas. Recuerda también que la Convención crea al CED, con el propósito de examinar, formular observaciones y recomendaciones a los Estados parte y que por tanto “dicho instrumento constituye una garantía para la protección de los derechos humanos violados por la desaparición forzada”.

“Las autoridades deben asumir el cumplimiento de las acciones urgentes como una acción humanitaria para garantizar los derechos de las víctimas y no como un obstáculo para el cumplimiento de sus funciones”, señaló Guillermo Naranjo, abogado de IDHEAS.  “Por ello celebramos la decisión del Juzgado Quinto de Distrito y exhortamos a la Fiscalía General del Estado observar puntualmente los lineamientos de la sentencia, entre ellos, el cumplimiento de las acciones urgentes emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas”. El día 21 de Julio de 2015, David Mendoza Marín, Alfredo Elías Marín Bustos y Margarita Marín Yan Bustos (en ese entonces con 3 meses de embarazo) fueron detenidos por elementos de la policía municipal de Ahome en Sinaloa. Sus familiares desconocieron su paradero hasta que sus restos fueron localizados en noviembre de 2018, en un predio al norte de Sinaloa, denominado Las Gruyas. La autopsia permitió esclarecer que las víctimas fueron privadas de la vida mediante disparos que impactaron en su cabeza. La familia reconoció los restos y los recibió el 29 de enero de 2019 para darles sepultura. Su familia aún exige justicia.

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